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Campaña de seguimiento de la brucelosis

A partir del 20 de julio de 2015 se ha previsto el inicio de las siguientes actuaciones: seguimiento de brucelosis en todas las explotaciones de ganado BOVINO del municipio, salvo las que su actividad productiva sea exclusivamente LECHE.

Sin perjuicio de que la empresa adjudicataria de la campaña traslade a las ganaderías la fecha prevista de actuación en cada explotación, se recuerda a los titulares de las explotaciones que deben poner los medios necesarios para que las actuaciones sanitarias se realicen con las debidas garantías de seguridad tanto para los animales como para el personal que las ejecuta.

Para cualquier aclaración podrán contactar con el teléfono 942206959.

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Tasa de Recogida de Basuras del tercer bimestre (mayo y junio) de 2015

Por Decreto de la Concejal Delegada de Hacienda de fecha 6 de julio de 2015, se aprobó el Padrón de la Tasa de Recogida de Basuras correspondiente al Tercer Bimestre de 2015 (meses de mayo y junio de 2015).

Se fija el periodo voluntario de recaudación de la citada Tasa que se pone al cobro desde el 20 de julio al 20 de agosto del presente ejercicio 2015, ambos inclusive, en las dependencias de cualquier oficina de Liberbank o Banco Santander, presentando en ventanilla la comunicación que a tal efecto será remitida al domicilio tributario, si no estuviese domiciliado. Quienes no reciban dicha comunicación podrán personarse en la oficina de recaudación municipal, sita en la planta baja de la Casa Consistorial. Transcurrido el plazo sin haberse hecho efectivas las deudas, las mismas serán exigibles por el procedimiento de apremio, con los recargos establecidos en el art. 28 de la Ley 58/2003.

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Pago del IBI 2015

Por Decretos de Alcaldía 245 y 251, de fechas 14 y 20 de mayo de 2015, se aprobaron las listas cobratorias de los padrones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, Rústica y Bienes de Características Especiales para el ejercicio de 2015, una vez formadas las matrículas de los mismos por la Gerencia Regional del Catastro.

Se fija el período voluntario de recaudación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que se pone al cobro desde el 5 de junio al 5 de agosto del presente ejercicio 2015, ambos inclusive, en las dependencias de cualquier sucursal de Liberbank y Banco Santander, presentando en ventanilla la comunicación que a tal efecto será remitida al domicilio tributario, si no estuviese domiciliado. Quienes no reciban dicha comunicación podrán personarse en la oficina de Recaudación Municipal, sita en la planta baja de la Casa Consistorial para recogerla. Transcurrido el plazo sin haberse hecho efectivas las deudas, las mismas serán exigibles por el procedimiento de apremio, el cual devengará los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley General Tributaria 58/2003, así como los intereses de demora, y, en su caso, las costas que se produzcan.

Durante el primer mes del perido de cobro se expone al público a los efectos de reclamaciones, finalizando el plazo de las mismas el último día del pago voluntario.

Con objeto de facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria, se establece un sistema especial de pago de las cuotas por recibo que consiste en el fraccionamiento de la deuda exclusivamente para los obligados tributarios que tengan domiciliado el pago del impuesto, en los siguientes términos:

  • Primer plazo, por el 50% de la cuota tributaria de cada recibo, el día 5 de junio o inmediato hábil posterior.
  • Segundo plazo, por el 50% de la cuota tributaria de cada recibo, el día 5 de octubre o inmediato hábil posterior.

 

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Tasa de recogida de basuras del segundo bimestre de 2015

Por decreto de alcaldía de fecha 11 de mayo de 2015, se aprobó el padrón de la tasa de recogida de basuras correspondiente al segundo bimestre de 2015 (meses de marzo y abril de 2015).

Se fija el periodo voluntario de recaudación de la citada tasa que se pone al cobro desde el 20 de mayo al 22 de junio del presente ejercicio 2015, ambos inclusive, en las dependencias de cualquier oficina de Liberbank o Banco Santander, presentando en ventanilla la comunicación que a tal efecto será remitida al domicilio tributario, si no estuviese domiciliado. Quienes no reciban dicha comunicación podrán personarse en la oficina de recaudación municipal, sita en la planta baja de la Casa Consistorial. Transcurrido el plazo sin haberse hecho efectivas las deudas, las mismas serán exigibles por el procedimiento de apremio, con los recargos establecidos en el art. 28 de la ley 58/2003.

 

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Modificación de la ordenanza reguladora de la apertura de actividades comerciales y servicios

El Pleno de la Corporación en sesión ordinaria, celebrada el 30 de marzo de 2015, por unanimidad de sus once miembros asistentes, siendo trece el número legal de miembros de la Corporación, aprobó con carácter inicial la modificación de la Ordenanza Municipal reguladora de la apertura de actvidades comerciales y servicios del Ayuntamiento de Marina de Cudeyo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, el citado expediente se expone al público durante el plazo de treinta días hábiles durante el cual se podrá formular respecto del mismo ante la Secretaría Municipal las reclamaciones y observaciones que se estimen pertinentes. De no presentarse reclamaciones, se faculta al Alcalde-Presidente para su elevación a definitiva mediante Resolución de Alcaldía y se procederá a su publicación, junto con el texto íntegro de su modificación.

 

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