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Tasa de recogida de basuras 1º Bimestre 2018

Por Decreto de la Concejal Delegada de Hacienda de fecha 7 de marzo de 2018, se aprobó el Padrón de la Tasa de Recogida de Basuras correspondiente al Primer Bimestre de 2018 (meses de enero y febrero de 2018).

Se fija el período voluntario de recaudación de la citada Tasa que se pone al cobro desde el 20 de marzo al 20 de abril del presente ejercicio 2018, ambos inclusive, en las dependencias de cualquier oficina de Liberbank o Banco Santander, presentando en ventanilla la comunicación que a tal efecto será remitida al domicilio tributario, si no estuviese domiciliado. Quienes no reciban dicha comunicación podrán personarse en la oficina de Recaudación Municipal, sita en la planta baja de la Casa Consistorial. Transcurrido el plazo sin haberse hecho efectivas las deudas, las mismas serán exigibles por el procedimiento de apremio, con los recargos establecidos en el art. 28 de la Ley 58/2003.

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Aparece publicado en el Boletín Oficial del Estado del día 10 de marzo de 2018, anuncio de “formalización de contrato relativo a la adjudicación de la gestión del campo municipal de golf «La Junquera» (Pedreña) mediante concesión de servicios”.

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Aparece publicado en el Boletín Oficial del Estado del día 9 de marzo de 2018, anuncio de “licitación para adjudicar el contrato mixto para la rehabilitación, reforma y mejora de la eficiencia energética del alumbrado municipal de Marina de Cudeyo”.

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Tasa de recogida de basuras 6º Bimestre 2017

Por Decreto de la Concejal Delegada de Hacienda de fecha 10 de enero de 2018, se aprobó el Padrón de la Tasa de Recogida de Basuras correspondiente al Sexto Bimestre de 2017 (meses de noviembre y diciembre de 2017).

Se fija el período voluntario de recaudación de la citada Tasa que se pone al cobro desde el 19 de enero al 20 de febrero del presente ejercicio 2018, ambos inclusive, en las dependencias de cualquier oficina de Liberbank o Banco Santander, presentando en ventanilla la comunicación que a tal efecto será remitida al domicilio tributario, si no estuviese domiciliado. Quienes no reciban dicha comunicación podrán personarse en la oficina de Recaudación Municipal, sita en la planta baja de la Casa Consistorial. Transcurrido el plazo sin haberse hecho efectivas las deudas, las mismas serán exigibles por el procedimiento de apremio, con los recargos establecidos en el art. 28 de la Ley 58/2003.

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