EDICTO – TASA DE RECOGIDA DE BASURAS 2º BIMESTRE

Al cobro desde el 20 de MAYO a 20 de JUNIO del presente ejercicio 2025, ambos inclusive.

Por Decreto n.º 279 de la concejal delegada de Hacienda, de fecha 13 de mayo de 2025, se aprobó el Padrón de la Tasa de Recogida de Basuras correspondiente al Segundo Bimestre de 2025 (marzo y abril).

Se fija el período voluntario de recaudación de la citada Tasa que se pone al cobro desde el 20 de MAYO a 20 de JUNIO del presente ejercicio 2025, ambos inclusive, en las dependencias de cualquier oficina de Unicaja Banco o Banco Santander, S.A., presentando en ventanilla la comunicación que a tal efecto será remitida al domicilio tributario, si no estuviese domiciliado. Quienes no reciban dicha comunicación podrán personarse en la oficina de Recaudación Municipal, sita en la planta baja de la Casa Consistorial. Transcurrido el plazo sin haberse hecho efectivas las deudas, las mismas serán exigibles por el procedimiento de apremio, con los recargos establecidos en el art 28 de la Ley 58/2003.

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