Edicto

Tasa de Recogida de Basuras – Quinto Bimestre (Sep-Oct) 2015

Por Decreto de la Concejal Delegada de Hacienda de fecha 9 de noviembre de 2015, se aprobó el Padrón de la Tasa de Recogida de Basuras correspondiente al Quinto Bimestre de 2015 (meses de septiembre y octubre de 2015).

Se fija el periodo voluntario de recaudación de la citada tasa que se pone al cobro desde el 20 de noviembre al 21 de diciembre del presente ejercicio 2015, ambos inclusive, en las dependencias de cualquier oficina de Liberbank o Banco Santander, presentando en ventanilla la comunicación que a tal efecto será remitida al domicilio tributario, si no estuviese domiciliado. Quienes no reciban dicha comunicación podrán personarse en la oficina de Recaudación Municipal, sita en la planta baja de la Casa Consistorial. Transcurrido el plazo sin haberse hecho efectivas las deudas, las mismas serán exigibles por el procedimiento de apremio, con los recargos establecidos en el art. 28 de la Ley 58/2003.

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Edicto – Tasa de Recogida de Basuras Cuarto Bimestre de 2015

Por Decreto de la Concejal Delegada de Hacienda de fecha 2 de septiembre de 2015, se aprobó el Padrón de la Tasa de Recogida de Basuras correspondiente al Cuarto Bimestre de 2015 (meses de julio y agosto de 2015).

Se fija el periodo voluntario de recaudación de la citada Tasa que se pone al cobro desde el 21 de septiembre al 20 de octubre del presente ejercicio 2015, ambos inclusive, en las dependencias de cualquier oficina de Liberbank o Banco Santander, presentando en ventanilla la comunicación que a tal efecto será remitida al domicilio tributario, si no estuviese domiciliado. Quienes no reciban dicha comunicación podrán personarse en la oficina de Recaudación Municipal, sita en la planta baja de la Casa Consistorial. Transcurrido el plazo sin haberse hecho efectivas las deudas, las mismas serán exigibles por el procedimiento de apremio, con los recargos establecidos en el art. 28 de la Ley 58/2003.

 

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Tasa de Recogida de Basuras del tercer bimestre (mayo y junio) de 2015

Por Decreto de la Concejal Delegada de Hacienda de fecha 6 de julio de 2015, se aprobó el Padrón de la Tasa de Recogida de Basuras correspondiente al Tercer Bimestre de 2015 (meses de mayo y junio de 2015).

Se fija el periodo voluntario de recaudación de la citada Tasa que se pone al cobro desde el 20 de julio al 20 de agosto del presente ejercicio 2015, ambos inclusive, en las dependencias de cualquier oficina de Liberbank o Banco Santander, presentando en ventanilla la comunicación que a tal efecto será remitida al domicilio tributario, si no estuviese domiciliado. Quienes no reciban dicha comunicación podrán personarse en la oficina de recaudación municipal, sita en la planta baja de la Casa Consistorial. Transcurrido el plazo sin haberse hecho efectivas las deudas, las mismas serán exigibles por el procedimiento de apremio, con los recargos establecidos en el art. 28 de la Ley 58/2003.

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Pago del IBI 2015

Por Decretos de Alcaldía 245 y 251, de fechas 14 y 20 de mayo de 2015, se aprobaron las listas cobratorias de los padrones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, Rústica y Bienes de Características Especiales para el ejercicio de 2015, una vez formadas las matrículas de los mismos por la Gerencia Regional del Catastro.

Se fija el período voluntario de recaudación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que se pone al cobro desde el 5 de junio al 5 de agosto del presente ejercicio 2015, ambos inclusive, en las dependencias de cualquier sucursal de Liberbank y Banco Santander, presentando en ventanilla la comunicación que a tal efecto será remitida al domicilio tributario, si no estuviese domiciliado. Quienes no reciban dicha comunicación podrán personarse en la oficina de Recaudación Municipal, sita en la planta baja de la Casa Consistorial para recogerla. Transcurrido el plazo sin haberse hecho efectivas las deudas, las mismas serán exigibles por el procedimiento de apremio, el cual devengará los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley General Tributaria 58/2003, así como los intereses de demora, y, en su caso, las costas que se produzcan.

Durante el primer mes del perido de cobro se expone al público a los efectos de reclamaciones, finalizando el plazo de las mismas el último día del pago voluntario.

Con objeto de facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria, se establece un sistema especial de pago de las cuotas por recibo que consiste en el fraccionamiento de la deuda exclusivamente para los obligados tributarios que tengan domiciliado el pago del impuesto, en los siguientes términos:

  • Primer plazo, por el 50% de la cuota tributaria de cada recibo, el día 5 de junio o inmediato hábil posterior.
  • Segundo plazo, por el 50% de la cuota tributaria de cada recibo, el día 5 de octubre o inmediato hábil posterior.

 

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