Por Decreto de la Concejal Delegada de Hacienda de fecha 16 de enero de 2017, se aprobó el padrón anual de la tasa por utilización de las instalaciones del campo municipal de golf La Junquera, correspondiente al año 2017.
Se fija el periodo voluntario de recaudación de la citada tasa, que se pone al cobro desde el 20 de enero al 20 de marzo del presente ejercicio 2017, ambos inclusive, en las dependencias de cualquier sucursal de Liberbank y Banco Santander, presentando en ventanilla la comunicación que a tal efecto será remitida al domicilio tributario, si no estuviese domiciliado. Quienes no reciban dicha comunicación podrán personarse en la oficina de recaudación municipal, sita en la planta baja de la Casa Consistorial para recogerla. Transcurrido el plazo sin haberse hecho efectivas las deudas, las mismas serán exigibles por el procedimiento de apremio, el cual devengará los recargos establecidos en el artículo 28 de la Ley General Tributaria 58/2003, así como los intereses de demora, y, en su caso las costas que se produzcan.
Durante el primer mes del periodo de cobro se expone al público a los efectos de reclamaciones, finalizando el plazo de las mismas el último día del pago voluntario.